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Articulo 40 Administración digital de Cataluña

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Artículo 40. Funciones de las oficinas de atención ciudadana

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1. Las funciones de las oficinas de atención ciudadana integradas son:

a) Facilitar información sobre los servicios y trámites de la Administración de la Generalitat y de otras administraciones públicas.

b) Recibir la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones que las personas interesadas dirijan a los órganos de cualquier administración, y entregar el recibo correspondiente que acredite la fecha y hora de esta presentación.

c) Facilitar a las personas interesadas el código de identificación del órgano, centro o unidad administrativa al que dirijan sus solicitudes, comunicaciones y escritos.

d) Digitalizar y expedir copias auténticas de los documentos presentados presencialmente por las personas interesadas para incorporarlas al expediente administrativo electrónico.

e) Enviar las solicitudes, los escritos y las comunicaciones a los órganos competentes de la Administración de la Generalitat y de otras administraciones públicas.

f) Otorgar apoderamientos apud acta a quien tenga la condición de persona interesada en un procedimiento administrativo y comparezca personalmente.

g) Inscribir la representación de las personas que lo soliciten en el Registro electrónico de representación de la Administración de la Generalitat.

h) Hacer notificaciones por comparecencia espontánea de la persona interesada o de la persona que la representa cuando se persone y solicite la comunicación o la notificación personal en aquel momento.

i) Asistir en el uso de medios electrónicos a las personas interesadas no obligadas a relacionarse electrónicamente que lo soliciten, especialmente con respecto a la identificación y firma electrónica en su nombre y la presentación de solicitudes a través del Registro electrónico general.

j) Poner a disposición de las personas interesadas los modelos de presentación de solicitudes individuales y los formularios de presentación masiva de solicitudes.

k) Registrar cualquier solicitud, escrito de queja y sugerencia de las personas relativos a los servicios y trámites de la Administración de la Generalitat, emitir el recibo que acredite la fecha y hora de presentación, y enviarlo al órgano competente para gestionarlo.

l) Gestionar el alta, la modificación y la baja de los sistemas de identificación y firma cuando la oficina actúe como entidad de registro de estos sistemas.

m) Cualquier otra función que se les atribuya legal o reglamentariamente.

2. Las funciones de las oficinas de atención ciudadana sectoriales son las de registro que establecen las letras b, e y k del apartado 1, y el resto de funciones del mismo apartado, de acuerdo con su norma de creación y con respecto a su ámbito competencial específico.

3. Las funciones de los puntos de registro y digitalización son las específicas y relativas al registro y digitalización de documentos que establecen las letras a a e del apartado 1.

4. A la oficina de atención ciudadana virtual le corresponden las funciones que establece el apartado 1, excepto las que, por su naturaleza, requieren presencialidad para llevarse a cabo. Las funciones de la oficina de atención ciudadana virtual se ejercen a través del canal de videoatención.

5. A las oficinas de atención ciudadana móviles les corresponden las funciones de información, de asistencia y de apoyo accesible y personalizado a la tramitación digital.

6. Las funciones de las oficinas de atención ciudadana integradas, y las de las oficinas de atención ciudadana sectoriales en su ámbito competencial, se corresponden a las que establece para las oficinas de asistencia en materia de registro la normativa básica de procedimiento administrativo. Las funciones de la oficina de atención ciudadana virtual también se corresponden a estas, con las excepciones del apoderamiento apud acta mediante comparecencia personal y presencial y las notificaciones por comparecencia presencial de las personas interesadas.

Estas funciones se pueden ejercer desde cualquier canal de atención que se incorpore al modelo de atención ciudadana corporativo, accesible presencialmente o a distancia, a excepción de las que requieran presencialidad.

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