Articulo 40 Apoyo a las familias
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Artículo 40. Principios informadores de las medidas de protección de familias con personas en situación de riesgo de exclusión social.

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Las administraciones públicas catalanas, cuando adopten medidas de protección de las familias con personas en situación de riesgo de exclusión social, deben basarse en los siguientes principios:

  1. Orientar a las familias sobre las actuaciones destinadas a prevenir o paliar las situaciones que pueden comportar riesgo de exclusión.

  2. Prevenir situaciones de riesgo de exclusión.

  3. Apoyar a las familias con personas en situación de riesgo de exclusión, con la finalidad de resolver la problemática que lo origina manteniendo la cohesión familiar.

  4. Informar a las familias de los recursos adecuados y, si procede, promover su creación en el marco del ordenamiento jurídico vigente.

  5. Hacer el seguimiento de las medidas de apoyo y prevención aplicadas a las familias en situación de riesgo de exclusión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2003 en vigor desde 16-01-2004