Articulo 40 Archivos de la Generalitat
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»Artículo 40. Inclusión en el Sistema Archivístico Valenciano
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1. La inclusión de un archivo privado en el Sistema Archivístico Valenciano se hará por resolución de la Conselleria competente en materia de cultura.
2. La resolución se adoptará a petición de los interesados, previa suscripción de un convenio donde se especifiquen los derechos y obligaciones de las partes.
3. Los archivos privados que se integren en el Sistema Archivístico Valenciano disfrutarán de prioridad para la obtención de ayudas y subvenciones de la Generalitat respecto a otros archivos privados.
4. Todos los archivos privados que hayan recibido ayudas de la Generalitat deberán de permitir el libre acceso público de los investigadores a los fondos.
