Articulo 40 Atención y Pr...de Euskadi

Articulo 40 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Euskadi

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Artículo 40. Derecho a la integración y a la protección social.

Derogado

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a su plena integración social y a acceder a los medios que, con esta finalidad primordial, ofrece la red pública de servicios sociales.