Articulo 40 Cine de Cataluña
Artículo 40. Criterios para el otorgamiento de ayudas
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Las ayudas con cargo al Fondo para el fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográficas que se otorguen de acuerdo con las correspondientes bases reguladoras deben tener en cuenta, preferentemente, los siguientes criterios:
a) La atracción de nuevos públicos a las salas de exhibición, especialmente del público infantil y juvenil.
b) La difusión de la cultura cinematográfica en Cataluña mediante la red de cineclubs y de otras entidades de carácter no lucrativo.
c) El equilibrio territorial de la oferta cinematográfica.
d) La presencia de la cultura cinematográfica catalana y las obras cinematográficas producidas en Cataluña.
e) La difusión y la promoción de la cultura cinematográfica de alcance internacional.
f) El fomento de la difusión y la promoción de obras cinematográficas cuya autoría, dirección o producción corresponda a mujeres.
