Articulo 40 Coordinación ... I Balears

Articulo 40 Coordinación de las policías locales de I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 40. Provisión de puestos por causas estacionales y extraordinarias

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los municipios que por circunstancias especiales o por causas extraordinarias tengan sobrecarga de servicios policiales en determinadas épocas del año y que no requieran aumento permanente de plantilla de sus cuerpos de policía local o de los puestos de trabajo de policía en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, podrán reforzarla por medio de acuerdos con otros municipios a fin de que sus miembros puedan actuar en el término municipal de los solicitantes, por un tiempo determinado y en régimen de comisión de servicios.