Articulo 40 D 75/2007, de...a Vivienda

Articulo 40 D. 75/2007, de 18 de mayo, C.Valenciana, Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

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Artículo 40. Superficies

Vigente

La definición de superficies útiles y construidas, y con elementos comunes, así como la incidencia en el cómputo de otros condicionantes, se regirá por la normativa de diseño y condiciones de la vivienda a que se refiere el artículo 42 de este Reglamento.