Articulo 40 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Artículo 40. Memoria justificativa de creación, modificación o supresión de órganos.
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1. Todo acuerdo o propuesta de creación, modificación o supresión de Facultades, Escuelas, Escuela Internacional de Doctorado o de Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación deberá acompañarse de una memoria justificativa, en la que se incluirá, en su caso, la referencia explícita a los siguientes extremos:
a) Objetivos que se persiguen con la creación, modificación o supresión, y razones que avalan la decisión que se propone.
b) Funciones específicas asignadas a la entidad que se va a crear o modificar.
c) Plan general de infraestructura y equipamiento.
d) Plan de gastos y propuesta de financiación de los mismos.
e) Anteproyecto de reglamento de régimen interior.
2. En el caso de modificación o supresión, la memoria incluirá, asimismo, el proyecto detallado y razonado de la futura adscripción de sus miembros y del destino que se haya de dar a los diferentes bienes integrantes del patrimonio que la entidad tenía asignados.
- Artículo modificado (40 (apdo. 1)) por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
(BOE de 02-12-2021) en vigor desde 03-12-2021
