Articulo 40 Gobierno y Ad... de Madrid

Articulo 40 Gobierno y Administración de Madrid

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Art. 40.

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La estructura orgánica de cada Consejería, hasta nivel de Subdirección General, será fijada por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo, previo informe preceptivo de la Consejería de Hacienda.

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