Articulo 40 Ley 33/2003, ...e las AAPP

Articulo 40 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, Patrimonio de las AAPP

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Artículo 40. Aranceles aplicables por los registradores de la propiedad.

Vigente

El arancel a que esté sujeta la práctica de los asientos se reducirá en el porcentaje previsto en la normativa arancelaria registral cuando los obligados al pago sean Administraciones públicas.