Artículo 40 Mancomunidade...es menores

Artículo 40 Mancomunidades y entidades locales menores

Ver Indice
»

Artículo 40. Plantilla y relación de puestos de trabajo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En su caso, las mancomunidades aprobarán anualmente, junto con el presupuesto, la plantilla y relación de puestos de trabajo existentes en su organización, que debe comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual.