Artículo 40 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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Se modifica el artículo 9 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de tarifas portuarias, quedando redactado como sigue:
«Artículo 9. Exenciones
Uno. Están exentas del pago de esta tasa las embarcaciones de pesca de la lista 3.ª.
Dos. Están exentas del pago de esta tasa las afectas a acuicultura marina sujetas al pago de la tarifa G-4 y las deportivas sujetas al pago de la tarifa G-5».
