Articulo 40 Medidas Tributarias y Administrativas
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»Artículo 40. Cambio de adscripción orgánica del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Vigente
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 1 de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Se crea el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, con el carácter de organismo autónomo, adscrito al Departamento competente en materia de servicios sociales.»
2. Todas las referencias normativas de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, referidas al Departamento de Sanidad, Servicios Sociales y Trabajo, deben entenderse efectuadas al Departamento competente en materia de servicios sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004