Articulo 40 Museos de La Mancha

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Artículo 40. Composición.

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1. El Sistema de Museos de Castilla-La Mancha estará integrado por.

a) Las instituciones museísticas de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b) Los museos de titularidad estatal cuya gestión esté transferida a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con los convenios de transferencias.

c) Las instituciones museísticas, de titularidad pública o privada, reconocidas oficialmente por la Consejería competente en materia de museos y que así lo soliciten.

2. Igualmente se incorpora, como órgano consultivo del Sistema, del Consejo de Museos de Castilla-La Mancha.