Articulo 40 Planificación...de Galicia

Articulo 40 Planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras en materia de protección civil de Galicia

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Artículo 40º.-Funciones.

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La Comisión Gallega de Transporte de Mercancías Peligrosas tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar la Comisión Gallega de Protección civil en temas relacionados con el transporte de mercancías peligrosas en Galicia.

b) Realizar estudios, informes y propuestas para la elaboración del Plan de Emergencia del Transporte de Mercancías Peligrosas en Galicia.

c) Realizar la revisión y actualización de dicho plan.

d) Proponer instrucciones técnicas sobre este tipo de riesgo en Galicia.

e) Incentivar las actividades divulgativas sobre autoprotección en emergencias derivadas del transporte de mercancías peligrosas.