Articulo 40 Reconocimiento del grado de dependencia
- En virtud del Decreto 102/2022, de 5 de agosto, toda expresión «servicios sociales generales» se sustituye por la expresión «servicios sociales de atención primaria » y la expresión «Dirección General con competencias en materia de atención a las personas en situación de dependencia» se sustituye por la expresión «Dirección General con competencias en materia de servicios sociales, promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia». - DECRETO 102/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.
Artículo 40. Definición y finalidad
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1. El servicio de atención residencial es el servicio de carácter permanente que constituye la residencia habitual de la persona en situación de dependencia y ofrece una atención integral y continuada, de carácter personal, social y sanitaria, teniendo en cuenta la naturaleza de la dependencia, grado de la misma e intensidad de los cuidados que precise.
2. Se incluyen como servicios de atención residencial de carácter permanente las siguientes tipologías de centros:
a) Centro de atención residencial para personas mayores en situación de dependencia.
b) Centro de atención residencial a personas en situación de dependencia, por razón de diversidad funcional.
c) (Anulado)
3. Estos servicios descritos anteriormente, se regulan sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Modificación realizada (40 (apdo. 2.c), se declara nulo)) por RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2024, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se ordena la publicación del fallo de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el recurso contencioso administrativo 312/2022, de 8 de febrero de 2024.
(GV de 26-06-2024) en vigor desde 26-06-2024 - Artículo modificado (40 (apdo.2)) por DECRETO 102/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.
(GV de 12-08-2022) en vigor desde 13-08-2022
