Articulo 40 Régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio
- Las remisiones hechas en la presente ley foral a artículos de la misma derogados se entenderán hechas a los correspondientes artículos de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio. - LEY FORAL 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra.
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»Artículo 40. Rentas positivas o negativas originadas por las donaciones.
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No se considerarán a efectos del Impuesto sobre Sociedades las rentas positivas o negativas que se pongan de manifiesto como consecuencia de las donaciones a que se refiere el artículo 37 de esta Ley Foral.
