Articulo 40 Reglamento Ge...upuestaria

Articulo 40 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria

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Artículo 40. -Contabilización de liquidaciones definitivas de aportaciones.

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Las liquidaciones definitivas de las aportaciones hechas a las instituciones comunes del País Vasco y Fondo Udalkutxa se contabilizarán con fecha 31 de diciembre del ejercicio objeto de liquidación, independientemente del momento en que se produzca el pago o el cobro.