Articulo 40 Reglamento de mediación

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Artículo 40. Contenido del derecho

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La mediación gratuita comprende:

a) Para las personas que siendo parte en un procedimiento de mediación tienen reconocido el derecho a la mediación gratuita: la gratuidad de las actuaciones profesionales realizadas por la persona mediadora en el procedimiento de mediación para el que ha sido designada por el Centro de Mediación de la Comunitat Valenciana.

b) El uso y aprovechamiento, en su caso, de espacios accesibles e infraestructuras públicas del Centro de Mediación, necesarias para poder realizar las sesiones de mediación gratuita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 24/2018.