Articulo 40 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil
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Articulo 40 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 40. Continuación o reorientación de la carrera profesional para guardias civiles con una limitación para ocupar determinados destinos por insuficiencia de condiciones psicofísicas.

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Los órganos competentes en los aspectos de política de personal y enseñanza de la Guardia Civil desarrollarán medidas para facilitar la conciliación de la vida profesional y familiar de los guardias civiles a los que por una insuficiencia de condiciones psicofísicas, se les establezca una incapacidad que conlleve una limitación para ocupar determinados destinos, que no suponga el pase a retiro.

Encuadrada dentro de dichas medidas, se programarán actividades formativas en el marco del sistema de enseñanza de la Guardia Civil, con la finalidad de adecuar al personal con la insuficiencia declarada de condiciones psicofísicas a las tareas y actividades que éste pueda desempeñar y que le permitan seguir desarrollando su carrera profesional.

Asimismo, se preverán condiciones específicas para el acceso a determinadas acciones formativas de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales entre las que podrán incluirse una reserva de plazas, a determinado personal que haya sido declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, toda vez que el acceso a los mismos facilite el desarrollo o la reorientación de su carrera profesional. Todo ello de acuerdo con la normativa que regula la provisión de destinos del personal de la Guardia Civil.

No obstante lo expuesto en los apartados anteriores, se podrán establecer limitaciones al acceso a determinados cursos de perfeccionamiento o de altos estudios profesionales al personal que haya sido declarado apto con limitaciones para ocupar determinados destinos por insuficiencia de condiciones psicofísicas, cuando éstas sean incompatibles con la asignación de destinos para los que se exija estar en posesión de la aptitud ligada al curso correspondiente, todo ello de acuerdo con las directrices que impartan los Ministros de Defensa y del Interior, la normativa específica de provisión de destinos y la de determinación de condiciones psicofísicas del personal de la Guardia Civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018