Articulo 40 Transparencia y Participación Ciudadana de Murcia
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»Artículo 40. Fomento de iniciativas de interoperabilidad.
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De acuerdo con lo señalado en la letra g) del artículo 3, la Administración pública de la Región de Murcia fomentará la interoperabilidad de la información entre administraciones públicas, instituciones y entidades sujetas a esta ley, propiciando iniciativas conjuntas de intercambio y homogeneización de información entre las entidades e instituciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (40) por Ley 7/2016, de 18 de mayo, de Reforma de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(MU de 20-05-2016) en vigor desde 21-05-2016
