Articulo 40 Turismo
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Artículo 40. Programas de Calidad de la Oferta.

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Los Programas de Calidad de la Oferta, contendrán medidas que favorezcan tanto la mejora y modernización de instalaciones y servicios turísticos, como la adopción de sistemas homogéneos para la evaluación de su calidad.

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  • Texto Original. Publicado el 29-12-1997 en vigor desde 18-01-1998