Articulo 407 Régimen específico de tasas
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Artículo 407. Cuantía.

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La cuota de la tasa se ha de determinar según las siguientes tarifas, en euros:

1. Verificaciones y mediciones de muestras aleatorias.

1.1. Comprobación en laboratorio.

1.1.1. Contadores agua y gas: 1,93

1.1.2. Contador eléctrico: 6,45

1.1.3. Transformador de intensidad o de tensión: 0,65

1.2. Comprobación individualizada

1.2.1. Contador de agua: 12,91

1.2.2. Otros equipos de medición: 49,01

1.3. Otros servicios:

1.3.1. Tramitación de la aprobación de modelo o autorización de uso de equipos: 122,52

1.3.2. Certificado de verificación con el estudio previo del certificado de ensayo, emitido por el laboratorio autorizado: 18,06

2. Inspecciones, comprobaciones y comunicaciones reglamentarias:

2.1. Instalaciones de uso doméstico o particular: 90,27

2.2. Otras instalaciones (uso comercial, industrial, público): 232,13

2.3. Presentación de certificados o pruebas reglamentarias hechas por un organismo de control autorizado o por otras empresas y comunicaciones reglamentarias: 5,16

2.4. Certificados telemáticos automáticos de inspecciones o de revisiones de organismos de control o de otras empresas: 3,55

3. Autorizaciones, puestas en servicio y registros:

3.1. Autorizaciones y puestas en servicio de instalaciones

3.1.1. Instalaciones liberalizadas: baja tensión, aparatos elevadores, aparatos de presión, aparatos térmicos, aparatos frigoríficos, productos petrolíferos, almacenamientos de gases combustibles, productos químicos, instalaciones receptoras de gas, instalaciones contra incendios, y otras.

3.1.1.1. Instalaciones cuya única documentación técnica es el certificado de instalador

3.1.1.1.1. Tramitación no automatizada en la UDIT: 23,12

3.1.1.1.2. Tramitación automatizada: 15,65

3.1.1.2. Instalaciones para usos domésticos

3.1.1.2.1. Tramitación no automatizada en la UDIT: 75,35

3.1.1.2.2. Tramitación automatizada: 46,76

3.1.1.3. Instalaciones para otros usos

3.1.1.3.1. Tramitación no automatizada en la UDIT: 92,53

3.1.1.3.2. Tramitación automatizada: 55,32

3.1.2. Cambio de titularidad de instalaciones y comunicación de alta de conservador o mantenedor de una instalación: 14,19

3.2. Agentes habilitados o autorizados, organismos de control, organismos verificadores, laboratorios de metales preciosos, de ensayos o de calibración y otros

3.2.1. Primera inscripción: 237,28

3.2.2. Renovaciones o modificaciones: 95,43

3.3. Registro industrial, registros y certificados de empresas instaladoras y mantenedoras, talleres tacógrafos, talleres de limitadores de velocidad y otros

3.3.1. Primera inscripción o habilitación: 58,03

3.3.2. Renovaciones o modificaciones: 29,66

3.3.3. Cambio de titularidad: 14,19

4. Inscripción en el Registro de instalaciones de rayos X con finalidad de diagnóstico médico: 38,69

5. Autorización o modificación de la puesta en funcionamiento de instalaciones radioactivas de segunda y tercera categoría: 77,37

6. Clausura de instalaciones radioactivas: 38,69

7. Rectificación de errores: el 50% de la cuantía correspondiente al concepto que se rectifique.

Modificaciones