Articulo 41 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña
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»Artículo 41. Datos obligatorios.
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La inscripción en el padrón municipal tiene que contener, con carácter obligatorio, los datos siguientes:
El nombre y los apellidos.
El sexo.
El domicilio habitual.
La nacionalidad.
El lugar y la fecha de nacimiento.
El número del documento nacional de identidad o, si se trata de ciudadanos extranjeros, del documento oficial equivalente.
El certificado o el título escolar o académico.
Los datos necesarios a los efectos de la elaboración del censo electoral, siempre que se garantice el respeto a los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución.
