Artículo 41 Campamentos Públicos de Turismo, Campamentos Privados y Zonas de Acampada Municipal
Ver Indice
»Artículo 41. Precios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los precios máximos a percibir en los campings serán fijados por los titulares de los establecimientos, conforme a lo preceptuado en este capítulo.
