Artículo 41. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento
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»Artículo 41. Causas.
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Se podrá pasar a la situación de segunda actividad por:
a) Cumplimiento de las edades que se determinen para las distintas escalas y categorías.
b) Disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de las funciones del servicio.
c) Embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
