Articulo 41 DECRETO136/20...ioambiente

Articulo 41 DECRETO136/2013,de30dejulio,delGobiernodeAragón,sobresubvencionesenmateriadeagricultura,ganaderíaymedioambiente.

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Artículo 41. Gestión de la subvención.

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1. El procedimiento de gestión por concesión directa de las subvenciones que dispongan de bases reguladoras específicas, se tramitará de conformidad con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, quedando supeditada su concesión a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio correspondiente.

2. Cuando así lo precisen las bases reguladoras o la propia naturaleza de las subvenciones, se aprobará por orden del Consejero competente en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente la convocatoria con la periodicidad que marquen estas circunstancias y las disponibilidades presupuestarias.

3. El procedimiento de concesión de estas subvenciones vendrá determinado por lo regulado en este título y supletoriamente por lo dispuesto en el Título II en lo que no se oponga a su naturaleza y resulte compatible con su procedimiento de concesión.

4. La resolución de concesión establecerá las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora correspondiente.