Articulo 41 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia
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»Artículo 41. Interrupción voluntaria del embarazo
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La Generalitat garantizará a las personas menores de edad el derecho a la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo en los plazos y con los requisitos establecidos en la legislación sobre la materia.
