Articulo 41 Economía Circular
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Artículo 41. Concienciación y colaboración ciudadana en productos clave.

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Las Administraciones autonómica y local, en el ámbito de sus competencias, impulsarán y realizarán campañas de información y sensibilización sobre economía circular, con el objeto de involucrar a las personas consumidoras a través del consumo responsable.