Articulo 41 Ganaderia
Ver Indice
»Artículo 41. Medios técnicos del sistema de identificación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La conselleria competente garantizará la eficacia de los sistemas de identificación animal mediante la incorporación y el empleo de las técnicas y medios electrónicos e informáticos que permitan el seguimiento y la localización del ganado.
