Articulo 41 Gobierno y Administración
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»Artículo 41. Organización Territorial.
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1. La Administración General de la Comunidad Autónoma se organiza territorialmente en Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en cada una de las provincias.
2. Corresponde a cada Delegación Territorial en su respectivo territorio la coordinación y la gestión de las competencias de la Administración General de la Comunidad.
Asimismo le corresponde, en su ámbito territorial, la coordinación de las entidades adscritas a la Administración General y la gestión de los servicios que sean compartidos, salvo que su ley de creación disponga otra cosa.
Modificaciones
- Artículo modificado (41 (apdo. 2)) por LEY 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 19-09-2014) en vigor desde 20-09-2014
