Articulo 41 Igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja
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»Artículo 41. Promoción empresarial.
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1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja incluirá, en el marco de sus políticas de fomento empresarial, ayudas a proyectos liderados por mujeres para la constitución, consolidación y crecimiento de las empresas, así como para el autoempleo, en aquellos sectores de actividad donde se encuentren infrarrepresentadas.
2. Las medidas dirigidas al fomento del empresariado femenino tendrán en cuenta especialmente a las mujeres emprendedoras con dificultades especiales de inserción laboral o en situaciones de desventaja social.
