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Articulo 41 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia

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Artículo 41. Incorporación preceptiva de la perspectiva de género en las subvenciones

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1. Con la finalidad de desarrollar una estrategia transversal de género y dentro del marco normativo vigente referido a la adopción de medidas para eliminar desigualdades y promover la igualdad en el ámbito subvencional, la Diputación Foral de Bizkaia tendrá la obligación de incorporar la perspectiva de género en la concesión de subvenciones públicas.

2. En cualquier caso, para la incorporación de la perspectiva de género en las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, se seguirá el procedimiento previsto en la presente sección para cada fase del procedimiento.