Articulo 41 Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ver Indice
»Artículo 41. Responsabilidad patrimonial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los expedientes de responsabilidad patrimonial serán resueltos por el Director del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo hasta una cuantía de treinta mil (30.000) euros y por el titular de la Consejería competente en materia de trabajo o el Gobierno en los demás casos, en función de las cuantías a las que, en esta materia, se remite la normativa reguladora del régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
