Articulo 41 Instituto de ...el Trabajo

Articulo 41 Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo

Ver Indice
»

Artículo 41. Responsabilidad patrimonial.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los expedientes de responsabilidad patrimonial serán resueltos por el Director del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo hasta una cuantía de treinta mil (30.000) euros y por el titular de la Consejería competente en materia de trabajo o el Gobierno en los demás casos, en función de las cuantías a las que, en esta materia, se remite la normativa reguladora del régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.