Artículo 41. Ley 3/2026, de 16 de junio, Canarias, Cabildos Insulares
Ver Indice
»Artículo 41. Recursos contra los actos dictados por delegación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Contra los actos dictados por los cabildos insulares en el ejercicio de competencias delegadas podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular del departamento de la Administración pública de la comunidad autónoma competente por razón de la materia a la que se refiera la competencia delegada.
2. La persona titular del departamento al que se refiere el apartado anterior podrá suspender la ejecución del acto impugnado en los supuestos previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.
