Articulo 41 Medidas 2004 Tributarias, Administrativas y Financieras
Artículo 41. Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.
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1. Se crea, con la denominación de «Agencia Pública Andaluza de Educación», una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, con el objeto de llevar a cabo la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza, cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la oferta de plazas del primer ciclo de educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
La constitución efectiva de la entidad tendrá lugar en el momento de la entrada en vigor de sus Estatutos, que serán aprobados por el Consejo de Gobierno y que contendrán, entre otras previsiones, las competencias y funciones que se le atribuyan, la determinación de sus órganos de dirección, participación y control, su composición y sus atribuciones.
2. La entidad gozará de personalidad jurídica propia, de plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, y de patrimonio propio.
En lo concerniente a su estructura y funcionamiento, la entidad estará sometida a la presente Ley, a sus Estatutos y a las normas que se dicten en desarrollo de la misma.
Asimismo, le será de aplicación la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para cada ejercicio y demás normativa de general aplicación para las entidades de Derecho Público de la Junta de Andalucía.
El personal de la entidad se regirá por el derecho laboral, las relaciones patrimoniales por el derecho privado, y el régimen de contratación se ajustará a las previsiones de la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
3. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad e intervención de la entidad será el establecido en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en las demás disposiciones que le sean de aplicación.
4. Para el ejercicio de sus funciones, la entidad contará con los siguientes recursos económicos:
a. Las dotaciones presupuestarias que anualmente le asigne la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b. Las subvenciones o dotaciones presupuestarias que, con cargo al Presupuesto de cualquier otro ente público o privado, pudieran corresponderle.
c. Los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que pueda concertar, dentro de los límites fijados por la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa autorización de la Consejería de Economía y Hacienda.
d. Los ingresos procedentes de la prestación de servicios en el ejercicio de sus funciones.
e. Los productos y rentas de su patrimonio, así como los procedentes de la enajenación de sus activos.
f. Cualquier otro ingreso público o privado que pudiera corresponderle conforme a la legislación de aplicación.
- Modificación realizada (41 (apdo. 1, primer párrafo)) por Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
(JA de 29-03-2017) en vigor desde 30-03-2017 - Modificación realizada (41 (apdo. 2 se suprime, y se reenumeran los apdos. siguientes)) por Decreto-Ley 5/2015, de 15 de septiembre, por el que se modifican el objeto y los fines de las Agencias Públicas Servicio Andaluz de Empleo y Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, estableciendo el procedimiento para culminar la integración de la red de consorcio Escuela de Formación para el Empleo.
(JA de 24-09-2015) en vigor desde 24-09-2015 - Artículo modificado (41 (apdo. 2, se añade y se reenumeran los apartados sucesivos)) por Decreto-ley 13/2014, de 21 de octubre, por el que seamplían el objeto y los fines, y se cambia ladenominación de la agencia pública empresarial«Ente Público Andaluz de Infraestructuras y ServiciosEducativos».
(JA de 27-10-2014) en vigor desde 28-10-2014
