Articulo 41 Museos de La Mancha
Ver Indice
»Artículo 41. Cooperación y colaboración.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Consejería competente en materia de museos promoverá y garantizará la cooperación y colaboración entre las distintas instituciones museísticas que integran el Sistema de Museos de Castilla-La Mancha, para la documentación, la investigación y la conservación de sus fondos, así como para las actividades de difusión de los mismos y de formación continua de su personal.
