Articulo 41 Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
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»Artículo 41. Documentación gráfica.
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La Delimitación de Suelo Urbano contendrá como documentación gráfica los planos de información y los planos de ordenación. Los planos de información que se refieran al ámbito del término municipal no tienen escala obligatoria, los de los núcleos de población se presentarán a escala 1:5.000. Los planos de ordenación de los núcleos de población tendrán la escala 1:2.000. Los planos de ordenación del suelo no urbanizable especial no tienen escala obligatoria.
Se podrá refundir el contenido de los diferentes planos señalados y así, reducir su número, siempre que se mantengan claridad y definición suficientes para su interpretación.
