Articulo 41 Presupuestos 2022 Cataluña
Artículo 41. Garantías de la Generalidad
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 40.750.000,00 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para el desarrollo del sector industrial. A tal efecto, el Departamento de Empresa y Trabajo debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Departamento de Empresa y Trabajo.
2. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio del 2022, hasta una cantidad máxima global de 39.000.000,00 de euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para otorgar préstamos para la financiación a pequeñas y medianas empresas y trabajadores y trabajadoras autónomos de las empresas agrarias, agroalimentarias, forestales y del sector de la pesca y la acuicultura de Cataluña. A este efecto, el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural ha de tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía a cargo de los presupuestos del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
3. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 14.144.143,00 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para la financiación de las empresas de la economía social de Cataluña. A tal efecto, el Departamento de Empresa y Trabajo debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Departamento de Empresa y Trabajo.
4. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 6.330.011,00 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para la financiación de proyectos culturales. A tal efecto, el Departamento de Cultura debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Departamento de Cultura.
5. Se autoriza a la Agencia de la Vivienda de Cataluña a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 42.500.000,00 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para la rehabilitación de edificios de viviendas con comunidades de propietarios. A tal efecto, la Agencia de la Vivienda de Cataluña debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
6. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 180.000.000,00 de euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos y avales para la financiación de autónomos y empresas con el objetivo de paliar los efectos ocasionados por el Covid-19. A tal efecto, el Departamento de Economía y Hacienda debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Departamento de Economía y Hacienda.
7. Se autoriza al Consejo Catalán del Deporte a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 1.740.000,80 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de préstamos para facilitar la liquidez de las entidades deportivas inscritas en el Registro de entidades deportivas. A tal efecto, el Consejo Catalán del Deporte debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Consejo Catalán del Deporte.
8. Se autoriza a la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 500.000,00 euros, a favor del Instituto Catalán de Finanzas para el otorgamiento de avales para financiar las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) y las entidades sin ánimo de lucro vinculadas al tercer sector con sede social en Cataluña que impulsen proyectos de cooperación al desarrollo orientados a fortalecer la economía social y solidaria en un ámbito local y colectivo. A tal efecto, la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo debe tener formalizado un convenio con el Instituto Catalán de Finanzas para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos de la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo.
9. Se autoriza al Gobierno a prestar garantía, durante el ejercicio 2022, hasta una cuantía máxima global de 1.600.000,00 euros a favor de Instruments Financers per a Empreses Innovadores, SL, para apoyar la financiación empresarial. A tal efecto, el Departamento de Empresa y Trabajo debe tener formalizado un convenio con Instruments Financers per a Empreses Innovadores, SL, para constituir un fondo de garantía con cargo a los presupuestos del Departamento de Empresa y Trabajo.
- Artículo modificado (41 (apdo. 2)) por DECRETO LEY 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero.
(GC de 07-04-2022) en vigor desde 08-04-2022
