Artículo 41 Presupuestos ...e La Rioja

Artículo 41 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Ver Indice
»

Artículo 41. Del modelo de financiación de la Universidad de La Rioja.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La financiación de la Universidad de La Rioja procedente de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja se articulará a través de los siguientes componentes:

a) Financiación estructural: Destinada a garantizar el funcionamiento general de la Universidad de La Rioja asegurando los recursos suficientes para realizar las funciones de servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Esta financiación se articulará a través de transferencias nominativas.

b) Financiación condicionada: Ligada a los resultados que la Universidad de La Rioja obtenga en docencia, investigación y transferencia de conocimiento. Esta financiación se articulará a través de transferencias corrientes y de capital.

c) Financiación singularizada: Destinada a sufragar las inversiones en equipamiento o nuevas infraestructuras, los planes conjuntos de investigación y de formación de personal investigador, la puesta en marcha de nuevas titulaciones u otras singularizadas. Esta financiación se articulará a través de convenios específicos de colaboración de la consejería competente por razón de la materia.

2. La financiación estructural de la Universidad de La Rioja, que figure debidamente nominada en el estado de gastos de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para cada año, se librará por doceavas partes iguales a principios de cada mes natural.

3. No obstante, los libramientos correspondientes al crédito total que figura dispuesto a tal fin en el estado de gastos, según lo establecido en el apartado 2 de este artículo, se sujetarán a los planes de disposición de fondos que puedan establecerse por la Dirección General de Control Presupuestario en atención a la existencia de suficientes disponibilidades líquidas en la entidad beneficiaria.

4. Se exonera a la Universidad de La Rioja de la obligación de acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.