Articulo 41 Reforma del E...lla y Leon

Articulo 41 Reforma del Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon

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Artículo 41. Presidente del Tribunal Superior de Justicia y personal judicial.

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1. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente de la Junta de Castilla y León ordenará la publicación de dicho nombramiento en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

2. El nombramiento de los Magistrados, Jueces, Secretarios y restante personal del Tribunal Superior y de los demás órganos de la Administración de Justicia en la Comunidad se efectuará según la forma prevista en la legislación del Estado.