Articulo 41 Reglamento de selección y formación de la Policía
Ver Indice
»Artículo 41.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las convocatorias y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, de la actuación de los tribunales y del centro de formación responsable del curso de formación y periodo de prácticas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstas en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
