Articulo 41 Residuos y suelos contaminados de I. Balears
Artículo 41. Inscripción como productor
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1. La comunicación previa mencionada antes, que se tiene que hacer para cada centro productor, tiene que incluir el contenido mínimo siguiente:
a) Datos de identificación de la empresa y de la persona representante legal.
b) Datos de identificación del centro productor, incluido el código nacional de actividades económicas (CNAE).
c) Cualquier otro dato de identificación necesario para la presentación electrónica de la comunicación.
d) La cantidad estimada de residuos producidos anualmente.
e) Los residuos producidos en cada proceso que permiten calificarlos de peligrosos según el anexo del Reglamento UE 1357/2014 e identificados según la Lista europea de residuos (código LER) del anexo de la Decisión de la Comisión 2014/955/UE.
f) Las condiciones de almacenaje en el lugar de producción.
g) Las operaciones de tratamiento previstas para los residuos, según los anexos I y II de la Ley 22/2011.
h) Una copia del contrato de tratamiento con el gestor de los residuos o declaración responsable en que se haga constar el compromiso de tenerlo (según el modelo del anexo 2 de esta ley).
2. La formalización de la comunicación previa al inicio de la actividad, así como su modificación o baja, se podrá efectuar por medios telemáticos, a través del portal de acceso y de tramitación habilitado al efecto por el órgano competente en materia de residuos del Gobierno de las Illes Balears, o a través de los procesos electrónicos que reglamentariamente se determinen, sin perjuicio de hacer uso del resto de medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. La persona comunicante tiene que garantizar que los datos recogidos en la comunicación previa son verdaderos y fidedignos, y tiene que asumir la responsabilidad de comunicar cualquier cambio o modificación.
4. La comunicación previa al inicio de la actividad correctamente efectuada supone su inscripción en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears y la asignación del código de identificación medioambiental (NIMA), y tiene validez en todo el territorio nacional.
5. El cambio de titularidad de las actividades de producción de residuos, el cese total o parcial de la actividad y cualquier modificación de los datos inscritos se tienen que comunicar al Registro en un plazo de 10 días desde que tenga constancia la entidad o persona titular.
