Articulo 41 TR Ley de Hacienda

Articulo 41 TR. Ley de Hacienda

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Artículo 41. Proyecto de ley de presupuestos.

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El proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha incorporará, una vez emitido el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo, y a efectos de su aprobación por el Consejo de Gobierno, la siguiente documentación:

a) Los créditos iniciales y la financiación de estos. Para facilitar el estudio por las Cortes del Proyecto de Ley, los créditos podrán ir consignados a nivel de subconcepto.

b) Las memorias explicativas de los contenidos de cada una de las secciones de gasto de los presupuestos, junto con los objetivos, actividades e indicadores de cada uno de los programas de gasto.

c) Un avance del estado de ejecución del presupuesto del ejercicio en curso. Esta obligación se entenderá cumplida con la publicación en el Portal de Transparencia, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en materia de transparencia y buen gobierno, del estado de ejecución del presupuesto, actualizado al último día del mes anterior al que se eleve el proyecto de ley de Presupuestos Generales a las Cortes de Castilla-La Mancha.

d) Un informe económico y financiero.

e) Un anexo de proyectos de inversión pública. En dicho anexo se identificará el destino de la inversión y, en su caso, se determinará, para cada proyecto, la inversión realizada con cargo a ejercicios presupuestarios anteriores y la inversión pendiente de realizar en ejercicios posteriores.

f) Un anexo con las nuevas contrataciones sujetas a la legislación de contratación del sector público superiores a 60.000,00 euros, previstas para el ejercicio al que se refiera el proyecto de presupuestos.

g) El inventario general de la Comunidad cerrado a 31 de diciembre del ejercicio anterior.

h) La plantilla presupuestaria del personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

i) Una memoria de impacto de género.

j) Una memoria sobre alineamiento presupuestario de los objetivos de desarrollo sostenible contemplados en la Agenda 2030.

k) Una memoria de impacto en la infancia y adolescencia.

l) Una memoria de impacto demográfico.

Modificaciones