Articulo 411 Régimen específico de tasas
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Artículo 411. Cuantía.

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La cuota de la tasa se ha de determinar según las siguientes tarifas, en euros:

1. Autorizaciones o ampliaciones de actividades extractivas y proyectos de restauración, o sus modificaciones.

1.1. Hasta 6.000,00 euros: 73,51

1.2. El resto, por cada 6.000,00 euros o fracción: 19,35

2. Cambio de titularidad de derechos mineros: 49,01

3. Comunicación del nombramiento o la sustitución del director facultativo o del técnico de restauración: 5,12

4. Autorización de la paralización temporal de labores por causas debidamente justificadas: 49,01

5. Aprobación de la unidad de explotación: 49,01

6. Visitas de inspección a autorizaciones mineras, concesiones, y permisos de explotación y de investigación: 225,59

7. Permisos de explotación, de investigación, de concesiones directas y derivadas, y las prórrogas correspondientes:

7.1. Por primera cuadrícula: 2.922,23

7.2. Por primera y segunda cuadrícula: 3.897,14

7.3. Por primera, segunda y tercera cuadrícula: 5.358,28

7.4. Por primera, segunda, tercera y cuarta cuadrícula: 7.545,43

7.5. Por cada cuadrícula de exceso: 1.948,58

8. Concesión y renovación del carnet de operador de maquinaria móvil:

8.1. Primera tramitación: 19,35

8.2. Renovación: 15,49

9. Expedientes de caducidad de recursos mineros: 145,72

10. Instalaciones que requieren exclusivamente boletín del instalador: 14,19

11. Informe de proyectos de voladuras para actividades no mineras:

11.1. Hasta 6.000,00 euros: 97,74

11.2. De 6.000,01 euros hasta 150.000,00 euros, por cada 6.000,00 euros o fracción: 19,342995

11.3. El resto, por cada 6.000,00 euros o fracción: 10,307639

12. Resoluciones mineras que no requieren ningún informe de la consejería correspondiente:

12.1. Aprobación del plan de labores con visita de inspección con informe favorable de una entidad colaboradora de la administración en materia minera: 17,56

12.2. Autorización de la reducción del número de tomas de muestras de polvo de un lugar de trabajo a una de anual y las prórrogas correspondientes con informe favorable del Instituto Nacional de Silicosis: 17,56

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