Articulo 4113 Código Civil de Cataluña
Ver Indice
»Artículo 411-3. Fundamentos de la vocación
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los fundamentos de la vocación sucesoria son el heredamiento, el testamento y lo establecido por la ley.
2. La sucesión intestada solo puede tener lugar en defecto de heredero instituido, y es incompatible con el heredamiento y con la sucesión testada universal.
3. La sucesión testada universal solo puede tener lugar en defecto de heredamiento.
