Articulo 4113 Libro cuart...sucesiones

Articulo 4113 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

Ver Indice
»

Artículo 411-3. Fundamentos de la vocación

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los fundamentos de la vocación sucesoria son el heredamiento, el testamento y lo establecido por la ley.

2. La sucesión intestada solo puede tener lugar en defecto de heredero instituido, y es incompatible con el heredamiento y con la sucesión testada universal.

3. La sucesión testada universal solo puede tener lugar en defecto de heredamiento.