Articulo 412 Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
Artículo 412. Contenido del Plan Especial.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El contenido documental del Plan Especial será el establecido en el artículo 90.3, adecuando el mismo a la finalidad del instrumento de ordenación urbanística e incorporando lo siguiente:
a) Identificación, caracterización y justificación del ámbito delimitado que incluirá los terrenos estrictamente necesarios para implantar las infraestructuras comunes de servicios básicos y de telecomunicaciones y para adoptar las medidas de mejora de la calidad ambiental y de integración territorial y paisajística del ámbito.
b) Clase y categoría del suelo, así como el régimen de usos permitidos conforme a las determinaciones de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística vigentes y, en su caso, conforme a la legislación sectorial que resulte de aplicación.
c) Identificación de las parcelas y las edificaciones existentes, con indicación de sus superficies, características básicas y situación jurídica.
d) Estructura de la propiedad del suelo y de las edificaciones.
e) Infraestructuras viarias y de servicios existentes, incluidas las conexiones exteriores, con indicación de sus características, su estado de conservación y funcionamiento.
f) Análisis de los riesgos a los que pueden estar sometidos los terrenos ocupados por la agrupación de edificaciones, y de los impactos, ambientales, territoriales y paisajísticos que ocasiona.
g) Limitaciones derivadas de las legislaciones sectoriales y la justificación de su cumplimiento.
h) Estudio paisajístico del ámbito con las medidas a adoptar para minimizar su impacto y garantizar su integración.
i) Estudio de viabilidad económica de las actuaciones que se proponen, que incluirá los costes, su distribución y asignación y el plazo de ejecución de las distintas obras y medidas propuestas. En caso de que algunas de las obras o medidas correspondan o se asuman por el Ayuntamiento, se valorará su impacto económico sobre la Hacienda Local.
j) Otros estudios y documentación requerida por la normativa sectorial aplicable.
