Articulo 42 Apoyo a las F... de Aragón

Articulo 42 Apoyo a las Familias de Aragón

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Artículo 42. Asociacionismo familiar.

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1. La administración de la Comunidad Autónoma de Aragón impulsará el asociacionismo familiar como forma de representación de los intereses de la familia, estableciendo canales de coordinación que permitan una comunicación fluida y eficaz.

2. Asimismo, se establecerán cauces adecuados de colaboración en el desarrollo de programas de interés para las familias, facilitando la difusión y sensibilización sobre la función que estas asociaciones desempeñan.

3. Se establecerán medidas de reconocimiento a aquellas asociaciones y entidades que desempeñen actuaciones específicas en defensa, protección y promoción de los valores familiares.