Articulo 42 se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia
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»Artículo 42. Servicio Bizkaibai.
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Modificaciones
- Modificación realizada (42 (se deja sin contenido)) por DECRETO FORAL 100/2020, de 24 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de Administración Electrónica.
(BI de 26-11-2020) en vigor desde 01-08-2021 - Artículo modificado (42 (apdo. 3, se deja sin contenido)) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 119/2018, de 11 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2012, de 20 de marzo, por el que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos del Departamento de Hacienda y Finanzas, y el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por medio del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio.
(BI de 13-09-2018) en vigor desde 17-09-2018
